ALMERÍA.- El exalcalde de El Ejido, Juan Enciso, el ex interventor
municipal José Alemán y los otros 26 condenados en la macrocausa
'Poniente' por corrupción política y empresarial en el municipio entre
los años 2002 y 2009 han presentado recursos de en casación al Tribunal
Supremo (TS) contra la sentencia dictada por la Audiencia de Almería.
Según el auto, la defensa de Enciso
argumenta que el fallo del tribunal de la Sección Tercera "no expresa
clara y terminantemente cuáles son los hechos que se consideran
probados" y considera que resulta "manifiesta" la "contradicción entre
ellos".
Añade, además, que se consignan en la sentencia como
hechos probados "conceptos que, por su carácter jurídico, implican la
predeterminación del fallo".
Juan Enciso, regidor con el PP y,
posteriormente, con la escisión PAL, fue condenado a cinco años y tres
meses de prisión y 13 años de inhabilitación por malversación continuada
de caudales públicos "de especial gravedad" en concurso medial con una
falsedad continuada en documento mercantil.
La defensa del
ex alcalde impugna el fallo, asimismo, porque, a su juicio, ha sido
objeto de "una inicial investigación prospectiva" que supondría una
"vulneración" de su derecho de defensa, como también el "desarrollo" de
la misma dando lugar a que se haya "vulnerado su derecho a un proceso
sin dilaciones indebidas".
Alega una "aplicación indebida" en
relación a la autoría y a la participación en los delitos de Enciso y
alude a una infracción de precepto legal "debiendo haberse rebajado la
pena en dos grados por la atenuante muy cualificada de dilaciones
indebidas", así como a "error en la apreciación de la prueba".
Por otro lado, el ex interventor municipal José Alemán recurre la
sentencia al estimar que existe "insuficiencia de prueba de cargo" para
sustentar la condena, una "falta de motivación" en el fallo del que es
ponente el magistrado Jesús Martínez Abad y una aplicación "retroactiva
de una norma desfavorable".
Argumenta que la sentencia
atribuye "erróneamente" valor probatorio "a la adhesión de un
coimputado" y hace referencia a un "error en la apreciación de la prueba
basada en documentos" y en la "aplicación de la legislación que regula a
los funcionarios de la administración local con habilitación de
carácter nacional" y "las funciones de interventor en la empresa mixta
Elsur", considerada eje clave de la trama que detrajo de las arcas
públicas más de 58,8 millones de euros.
La Audiencia
Provincial de Almería impuso a Alemán penas que suman siete años y seis
meses de cárcel por malversación continuada y cohecho pasivo, además de
inhabilitación especial por periodo de 19 años.
Por el lado de
las acusaciones, no ha recurrido la Fiscalía Anticorrupción aunque sí
el Ayuntamiento de El Ejido y la Abogacía del Estado en representación
de la Agencia Tributaria (AEAT).
El ayuntamiento ejidense ha solicitado al Supremo que revoque
parcialmente la sentencia y condene al ex alcalde por los delitos de
cohecho pasivo y societario de los que resultó absuelto y por lo que
interesó en la vista oral penas de nueve años de prisión, 12 años de
inhabilitación especial y multa de mas de 60,7 millones de euros.
El Ayuntamiento estima que resulta "más que evidente" que él y "su
familia" recibían "dádivas y favores de forma repetida de numerosas
personas "con una relación contractual", bien con el consistorio o bien
con Elsur.
En el escrito indica, asimismo, para alegar la
existencia "probada" de delito societario, que el ex alcalde, junto a
otros de los condenados, "permitieron" como "integrantes" del Consejo de
Administración de Elsur y de la junta general "el sistema de
subcontratas, y sobrefacturaciones y facturaciones ficticias que suponía
unos sobrecostes considerables, que soportaba el Ayuntamiento".
Añade que ese sistema "acababa lucrando a las subcontratas" de los
grupos empresariales Amate y Galán y al socio privado de Elsur,
participada a un 70 por ciento "por Abengoa", pero "sin llegar a
reportar beneficio alguno" a la empresa mixta, según han informado a
Europa Press fuentes judiciales.
Con respecto al delito de
cohecho pasivo, el Ayuntamiento se explaya y ahonda que "las dádivas o
favores" que habrían recibido Enciso y "su familia" es "muchas en
especies como trabajos de jardinería gratuitos a su hija y a su hermano,
asumidos por la subcontrata en cuestión de Elsur, o las obras en la
sede del PAL, usando medios materiales y auxiliares de la empresa mixta y
pagados por la empresa mixta", así como "las obras de operarios de
Elsur en el cortijo del alcalde".
Señala, asimismo, que habría
sido "intermediario", de acuerdo a las intervenciones telefónicas, para
que Elsur "abonase cantidades debidas a muchos acusados, obteniendo
inmediatamente dinero de los mismos, dinero que dice recibir en
préstamo, pero que nunca devolvió" y remarca que "queda más que
acreditada la existencia de numerosas dádivas por parte de empresarios
condenados en la causa por cohecho activo".
La acusación
particular solicita, asimismo, que condene al cuñado del ex alcalde, para
quien pidió en el juicio oral diez meses de prisión y el pago de una
multa de 20 millones de euros por un delito de tráfico de influencias.
También le atribuye una responsabilidad civil o indemnización al
ayuntamiento de 5,5 millones.
Considera que, con su empresa,
"contrató a dedo" con el consistorio y con Elsur, "sin procedimiento de
licitación alguno y sin posibilidad de competencia" y mediante contratos
"de menor cuantía" y en una "situación objetiva de prevalimiento en su
condición del cuñado del alcalde".
En el escrito de anuncio de recurso, el Ayuntamiento ejidense también
discrepa de la cuantía de responsabilidad civil fijada en la sentencia
de la Audiencia Provincial y la eleva a 84,5 millones de euros, ya que
suma al desfalco de Elsur el causado a las arcas públicas por parte de
las subcontratas de la trama.
De esta cuantía correspondiente a
todas las sobrefacturaciones que se han efectuado al Ayuntamiento de El
Ejido, hace responsable para enfrentar el pago de 78,1 millones de
euros a Enciso, su mujer y la empresa en común, y al ex interventor
municipal, su mujer y la mercantil Sistemas de Dirección, a través de
que, según la sentencia, "cobró mordidas de cerca de 7,5 millones de
euros".
"El daño causado al Ayuntamiento por los directivos de
Elsur y las empresas de las que dependían, no se limitó a las
sobrefacturaciones de los Grupos Abengoa y Agua y Gestión, sino también a
las que se admitieron de los grupo Amate, Galán, Lirola y Urdial
Mariyya", sostiene.
Con respecto a Abengoa, el Ayuntamiento
reprocha que el tribunal "limitase" las indemnizaciones por el fraude a
las arcas municipales a los años 2002 y 2003. Solicita, asimismo, que se
condene al ex interventor municipal por un delito continuado societario
a la pena de tres años de prisión y pago de multa de 60,7 millones de
euros.
La Abogacía del Estado también ha recurrido la sentencia ya que
absolvió a los acusados de la "pluralidad" de delitos fiscales que les
imputaba y por los que solicitaba más de 19,9 millones de euros en
concepto de responsabilidad civil por fraude en el IVA e impuesto de
sociedades entre 2003 y 2009. El tribunal consideró como único
perjudicado del "desfalco" al Ayuntamiento.
En su fallo, de
marzo de 2023, el tribunal no entró en el fondo de los delitos contra la
Hacienda Pública, también imputados por Anticorrupción, y concluyó que
no procedía enjuiciamiento ya que los acusados no declararon en sede de
instrucción sobre los hechos configuradores de estos delitos fiscales y
societarios.
almeriaconfidencial@gmail.com / 'El poder más peligroso es el del que manda pero no gobierna' (Torrente Ballester) * Newsletter de opinión e influencia, fundado en 2009 sin afán de lucro ni subvencionado con dinero público o privado, por el periodista profesional Francisco Poveda, licenciado en la Universidad Complutense de Madrid desde 1976.
martes, 14 de mayo de 2024
Recurren al Supremo los 28 condenados por el macrocaso de corrupción 'Poniente'
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