MADRID.- Las
escuelas concertadas no deberán devolver las cuotas mensuales ni
ofrecer sus servicios cuando finalice el estado de alarma como sí
tendrán que hacer, por ejemplo las academias de idiomas o los centros
infantiles, ya que continúan con su actividad lectiva de manera online.
Así
lo ha explicado el ministro de Consumo, Alberto
Garzón, quien ha justificado que el de las escuelas concertadas es "un
servicio muy especial que se vincula a la educación" y, según la
información que le traslada el Ministerio de este ramo, "aunque no se
asista a las clases, la actividad lectiva sigue produciéndose online".
Quedan
así excluidas del real decreto que su departamento aprobó para
paliar las consecuencias del coronavirus en consumidores y usuarios, y
que contempla como supuesto los servicios de tracto sucesivo, aquellos
contratados y pagados pero no disfrutados por la declaración del estado
de alarma, y en el que se incluyen academias de idiomas, residencias de
estudiantes, gimnasios o escuelas infantiles.
En
este caso, Consumo fija que antes de reembolsar el dinero, la empresa
podrá ofrecer una recuperación de los servicios cuando concluya esta
situación de alarma; si el cliente no lo acepta, deberá devolver el
dinero.
Además, para garantizar la continuidad del servicio, las empresas no podrán cobrar nuevas cuotas ni cancelar el contrato.
Otro
de los supuestos es el de la adquisición de bienes o servicios de
tracto único que no se hayan podido entregar o prestar; aquí, los
consumidores podrán solicitar la resolución del contrato en un plazo de
14 días, en los que la empresa les podrá ofrecer al una alternativa como
la del bono o vale sustitutorio.
Si no es aceptada por el usuario ni hay acuerdo entre las partes en un plazo de 60 días, deberá devolver el dinero.
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