viernes, 7 de febrero de 2020

El Gobierno no computará el efecto del IVA de 2017 en el déficit de 2019


MADRID.- El Ministerio de Hacienda no tendrá en cuenta la parte del déficit imputable al IVA dejado de percibir por el cambio normativo de 2017 a la hora de contabilizar el déficit de las comunidades autónomas de 2019, que estima que cerró en el 0,5% del PIB, si bien calcula que rondaría el 0,3% si se descuenta dicho efecto. Además, ha flexibilizado los objetivos de déficit y pondrá en marcha un extra Fondo de Liquidez Autonómica (FLA) con un tipo del 0%.

De esta forma, tras descontar el efecto del IVA, las comunidades que registren un déficit del 0,1% o inferior se entenderá que cumplieron el objetivo en 2019, según ha trasladado la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, a los consejeros autonómicos en la reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPPF), han informado a Europa Press en fuentes presentes en la reunión.
En este encuentro Montero ha anunciado a los consejeros la nueva senda de estabilidad, que da más margen a las CCAA al quedar fijado el objetivo de déficit en el 0,2% del PIB este año, en el 0,1% en 2021 y equilibrio presupuestario desde 2022. Esto supone para el ejercicio actual dos décimas más que la senda vigente, aprobada por el Gobierno del PP en 2017, y que establecía equilibrio presupuestario para las comunidades este año.
Además, ha informado de que los datos aún provisionales y no definitivos reflejan que las comunidades autónomas en su conjunto cerraron 2019 con un déficit en torno al 0,5% del PIB. Si se descuenta el efecto del IVA, que se trata de un 'one off' (no recurrente en el tiempo) el cierre estaría alrededor del 0,3%. Esto significa que al aprobarse un objetivo de déficit del 0,2% para 2020, el esfuerzo de reducción de déficit que tendrán que acometer las CCAA este año es de solo de una décima.
La titular de Hacienda ya avisó de que actualmente no era posible revisar la liquidación del año 2017 como reclamaban buena parte de las comunidades para cobrar el mes pendiente de pago del IVA autonómico de 2017, si bien ha propuesto medidas para mitigar el asunto.
En concreto, Hacienda no tendrá en cuenta la parte de déficit imputable al IVA dejado de percibir por el cambio normativo de 2017, por lo que se descontará ese importe a la hora de evaluar si una comunidad ha cumplido el déficit de 2019. Así, si tras descontar el efecto del IVA, las comunidades registran un déficit del 0,1% o inferior, se entenderá que cumplieron el objetivo en 2019.
Esto supone que si una comunidad tras descontar el efecto del IVA cumple con el objetivo de déficit no tendrá que presentar un Plan Económico Financiero (PEF). Además, si se acogen a los mecanismos de financiación, quedarán asignadas al Fondo de Facilidad Financiera y no al FLA, lo que implica poder compaginar la adhesión a los mecanismos extraordinarios de liquidez con la salida a los mercados.
Para financiar el mayor déficit provocado por el IVA y para evitar perjudicar a los proveedores, el Gobierno pondrá a disposición de las comunidades autónomas un extra FLA con un tipo de interés del 0%, según ha trasladado Montero a los consejeros. A esto se suma la relajación del objetivo de déficit al 0,2% este año, dos décimas más que la senda oficial del Gobierno del PP.
En la reunión del CPFF Montero ha denunciado que el problema de la liquidación del IVA de 2017 fue generado por el exministro del PP Cristóbal Montoro y ha recordado que PP y Cs impidieron solucionarlo al rechazar la propuesta del Gobierno en los Presupuestos de 2019.
En cualquier caso, ha subrayado que las CCAA no han realizado recortes por el efecto de la liquidación del IVA de 2017, sino que han gastado ese dinero. Por lo tanto, ha apuntado que conforme a los datos provisionales el efecto del IVA se ha traducido en un mayor déficit público en 2019 y en un probable incremento del período medio de pago a proveedores.
El asunto del IVA autonómico se remite al año 2017, cuando el por entonces ministro de Hacienda del Gobierno del PP, Cristóbal Montoro, llevó a cabo un cambio normativo con el que se obligó a informar del IVA a las grandes empresas en tiempo casi real y permitió que el tributo se pagara el día 30 de cada mes en vez del 20 como se venía haciendo.
El cambio normativo provocó que la recaudación del IVA que se ingresaba en diciembre de 2017 se trasladara en términos de caja a enero del año siguiente, 2018. De esta forma, la liquidación del ejercicio 2017, que se realizó a los dos años, en 2019, fue solo de once meses, faltando por tanto el abono de una mensualidad.

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