SEVILLA.- La Audiencia de Sevilla ha condenado a seis ex altos cargos de la Junta de Andalucía,
entre ellos tres ex directores generales de Trabajo, por los delitos de
prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad en
documento oficial.
Tras el juicio celebrado entre enero, febrero y marzo de este año, en la sentencia, el tribunal condena a Francisco Javier Guerrero, ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo, y a Ulpiano Cuadrado, administrador de Umax, a 5 años y 9 meses de prisión y 10 años de inhabilitación absoluta.
Por su parte, Juan Márquez, también ex director general de Trabajo, y Francisco Javier Aguado y Lourdes Medina, ex secretarios generales técnicos de la Consejería, han sido condenados a 5 años y 3 meses de cárcel y 9 años de inhabilitación absoluta.
Estos cinco acusados indemnizarán a la Junta de manera solidaria en diferentes cantidades que suman 1.353.672,05 euros en total.
La sentencia, que no es firme y contra la que cabe recurso, también condena a Daniel Alberto Rivera, ex director general de Trabajo, a la inhabilitación para empleo o cargo público durante 7 años sólo por prevaricación, al considerar que al menos "abortó la contratación de Umax".
En esta pieza separada del caso de los ERE, la Fiscalía y la Junta acusaban a los encausados de contratar ilegalmente a personal de Umax entre el 2003 y el 2010.
La Audiencia considera probado que Guerrero decidió en el 2003 "crear una estructura de personal paralela a la administrativa" y "concertó verbalmente" con el administrador de Umax a quién contratar.
Estos empleados "prestaron sus servicios en exclusiva en distintas sedes de la Consejería de Empleo" y al sueldo de Umax se le sumó "las cuotas de la Seguridad Social, IVA y un porcentaje nunca inferior al 20 % como beneficio empresarial", lo cual supuso un "perjuicio" para la Junta, "que no habría pagado estos conceptos" si la contratación hubiese sido "legal".
En esta situación hubo "al menos" 44 trabajadores, "algunos" de ellos "relacionados por vecindad y amistad" con Guerrero "y también parentesco" con Márquez, quien mantuvo el acuerdo cuando fue director general de Trabajo aun "conociendo la ilegalidad".
Umax cobró mediante la concertación simulada de "contratos menores inexistentes" y "procedimientos de negociación sin publicidad en los que se invitaba a participar a tres empresas vinculadas con Umax" y, a partir de 2007, "mediante conceptos falsos por la Fundación Andaluza de Fondos para la Formación y Empleo (Faffe)".
Esos fondos provenían de subvenciones de la Dirección General o la Secretaría General Técnica cuando la jefa era Medina, quien "era consciente de la contratación ilegal del personal de Umax", igual que los ex secretarios generales condenados.
En el 2010, el entonces director general de Empleo, Daniel Rivera advirtió la "ilegalidad" después de que Cuadrado "reclamase el pago de su contraprestación" y se la comunicó al viceconsejero, quien "le indicó que arreglara el desaguisado (...) y que los trabajadores debían abandonar 'ipso facto' la Consejería, lo que así se hizo".
Para la Audiencia se trata de una "contravención legal grave" en la que "el incumplimiento de la normativa es clamoroso", ya que "se ha permitido un desvío injustificado e ilegal de caudales públicos" que fue "aceptado y consentido por las autoridades y funcionarios (...) a sabiendas del perjuicio que provocaban a las arcas públicas", agrega el tribunal.
Por su parte, Juan Márquez, también ex director general de Trabajo, y Francisco Javier Aguado y Lourdes Medina, ex secretarios generales técnicos de la Consejería, han sido condenados a 5 años y 3 meses de cárcel y 9 años de inhabilitación absoluta.
Estos cinco acusados indemnizarán a la Junta de manera solidaria en diferentes cantidades que suman 1.353.672,05 euros en total.
La sentencia, que no es firme y contra la que cabe recurso, también condena a Daniel Alberto Rivera, ex director general de Trabajo, a la inhabilitación para empleo o cargo público durante 7 años sólo por prevaricación, al considerar que al menos "abortó la contratación de Umax".
En esta pieza separada del caso de los ERE, la Fiscalía y la Junta acusaban a los encausados de contratar ilegalmente a personal de Umax entre el 2003 y el 2010.
La Audiencia considera probado que Guerrero decidió en el 2003 "crear una estructura de personal paralela a la administrativa" y "concertó verbalmente" con el administrador de Umax a quién contratar.
Estos empleados "prestaron sus servicios en exclusiva en distintas sedes de la Consejería de Empleo" y al sueldo de Umax se le sumó "las cuotas de la Seguridad Social, IVA y un porcentaje nunca inferior al 20 % como beneficio empresarial", lo cual supuso un "perjuicio" para la Junta, "que no habría pagado estos conceptos" si la contratación hubiese sido "legal".
En esta situación hubo "al menos" 44 trabajadores, "algunos" de ellos "relacionados por vecindad y amistad" con Guerrero "y también parentesco" con Márquez, quien mantuvo el acuerdo cuando fue director general de Trabajo aun "conociendo la ilegalidad".
Umax cobró mediante la concertación simulada de "contratos menores inexistentes" y "procedimientos de negociación sin publicidad en los que se invitaba a participar a tres empresas vinculadas con Umax" y, a partir de 2007, "mediante conceptos falsos por la Fundación Andaluza de Fondos para la Formación y Empleo (Faffe)".
Esos fondos provenían de subvenciones de la Dirección General o la Secretaría General Técnica cuando la jefa era Medina, quien "era consciente de la contratación ilegal del personal de Umax", igual que los ex secretarios generales condenados.
En el 2010, el entonces director general de Empleo, Daniel Rivera advirtió la "ilegalidad" después de que Cuadrado "reclamase el pago de su contraprestación" y se la comunicó al viceconsejero, quien "le indicó que arreglara el desaguisado (...) y que los trabajadores debían abandonar 'ipso facto' la Consejería, lo que así se hizo".
Para la Audiencia se trata de una "contravención legal grave" en la que "el incumplimiento de la normativa es clamoroso", ya que "se ha permitido un desvío injustificado e ilegal de caudales públicos" que fue "aceptado y consentido por las autoridades y funcionarios (...) a sabiendas del perjuicio que provocaban a las arcas públicas", agrega el tribunal.
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