martes, 24 de diciembre de 2019

La Fiscalía dice que no se tramitó correctamente la compatibilidad de los ediles expulsados de Vox en Roquetas

ALMERÍA.- La Fiscalía de Almería ha icho que no se tramitó adecuadamente los expedientes que permitieron compatibilizar la actividad privada con sus ingresos por su dedicación exclusiva en la corporación municipal a los dos ediles expulsados por Vox por subirse el sueldo desobedeciendo las instrucciones de su partido.

Así consta en un decreto en el que el Ministerio Público, sin embargo, ordena el archivo de las diligencias de investigación incoadas tras la denuncia por posibles delitos de prevaricación y tráfico de influencias interpuesta por el Grupo Municipal de Izquierda Unidad, Tú Decides y Equo en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar.
La coalición denunciante había advertido de la posible existencia de dichos delitos, en relación a las declaraciones de compatibilidad para el ejercicio de la actividad privadas emitidas por el pleno municipal respecto a los concejales Antonio Inocencio López y Antonio Francisco Barrionuevo.
El Ministerio Público apunta que se solicitó al Consistorio que remitiera los expedientes completos que fueron tramitados para declarar dicha compatibilidad y que del «análisis pormenorizado» de éstos, «ciertamente queda determinado que los mismos no han sido tramitados adecuadamente».
En este sentido, el fiscal asevera que López y Barrionuevo no han acreditado todos los elementos necesarios para «considerar que su actividad privada tiene el carácter marginal» requerido por el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales.
«Es obligación directa de los interesados, en este caso de los concejales Antonio Inocencio López y Antonio Francisco Barrionuevo, acreditar de forma fehaciente que la actividad privada que vienen ejercitando o que pretender iniciar merezca el calificativo de marginal», apunta la Fiscalía.
El Ministerio Público afirma que en esta línea se debe hacer «especial hincapié» en el «aspecto funcional, en el del horario y en el económico», citando jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en la que se estimó un recurso contra un acuerdo similar al considerar insuficientes las declaraciones de IRPF y demás documentos presentados.
«Por lo que sería aún más palmario en el presente caso, en el que no se ha acreditado de forma alguna esos extremos», sostiene el fiscal.
Sin embargo, la Fiscalía concluye que «dicha falta de diligencia» por parte del Ayuntamiento de Roquetas de Mar a la hora de exigir esta documentación a los ediles, «en modo alguno serían constitutivas de infracción penal alguna, quedando expedita la vía contencioso-administrativa para que dicha resolución sea impugnada».

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