MADRID.- "La restricción del ejercicio de la acción popular que se pretende supone el riesgo de que determinados hechos escapen del conocimiento de los juzgados y tribunales. En especial, gobiernos de cualquier signo podrían aprovechar la falta de independencia del Ministerio Fiscal y la limitación de la acción popular para crear espacios de impunidad y eludir el control que respecto de su actuación han de llevar a cabo los jueces y magistrados integrantes del poder judicial", según recoge un comunicado conjunto emitido por la Asociación Judicial Francisco de Vitoria y el Foro Judicial Independiente.
Ambos colectivos han puesto así este martes el foco en la reforma legal presentada por el PSOE en el Congreso de los Diputados para limitar la figura de la acusación popular privándole de intervenir en el procedimiento penal durante la instrucción u obligando a la expulsión de los partidos políticos en las causas penales en curso -por ejemplo, caso Begoña Gómez o caso Koldo- donde intervienen bajo el amparo de esta figura legal.
En el citado escrito, se subraya que "las cuatro asociaciones judiciales de implantación nacional mantenemos una posición contraria a esta Proposición de Ley Orgánica, lo cual es importante destacar en aras a la necesaria unidad de actuación de las asociaciones judiciales, y por el impacto que ello ha de suponer en la carrera y en toda la sociedad en su conjunto"
Desde la AJFV y FJI se destaca que "al tratarse de una proposición de Ley Orgánica presentada por el partido político que ostenta la mayoría en el Gobierno, cuya tramitación permite eludir informes de órganos consultivos", se han solicitado "reuniones urgentes" con los portavoces de justicia de los diferentes grupos parlamentarios para explicar las "gravísimas consecuencias que la aprobación de la Ley puede suponer para nuestro Estado de Derecho".
"Si lo que se pretende es acabar con el estigma social que se genera a las personas investigadas por una instrucción judicial, o limitar la llamada "pena de banquillo", lo correcto sería dotar a los órganos judiciales de medios adecuados para que los procedimientos (en este caso, la instrucción de causas penales) se puedan completar en períodos de tiempo razonables, pero nunca limitar las vías de acceso a la tutela judicial, ni los medios de conocimiento por jueces y tribunales respecto de hechos que puedan ser delictivos", abundan las asociaciones de magistrados.
Por otro lado, estos dos colectivos subrayan que "la imposibilidad de que las asociaciones profesionales de jueces puedan ejercer la acción popular supondría una injustificada limitación al papel que estas entidades han de tener en defensa de la independencia judicial y de los derechos profesionales de la carrera, la salvaguardia de los principios de independencia, integridad e imparcialidad en la impartición de justicia".
Estas asociaciones judiciales recuerdan que la acción popular está prevista en el artículo 125 de la Constitución como "derecho de los ciudadanos e implica la posibilidad de formular acusación distinta e independiente de la posible acusación pública del Ministerio Fiscal y la acusación particular de las personas o entidades perjudicadas por la comisión de un ilícito penal".
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