El escrito, presentado el pasado día 22 y por el que se dará traslado ahora a la organización conservacionista del expediente para que pueda presentar la demanda, alega que la citada resolución, contra la que ya presentó un recurso de reposición ante el MARM, no es conforme a derecho ya que fue firmada por el delegado del Gobierno en Andalucía, Juan José López Garzón, y no fue fruto de un acuerdo de Consejo de Ministros como sí lo fue el inicio del proceso expropiatorio.
Greenpeace apunta en su comunicación al Alto Tribunal andaluz que "debe ser el mismo órgano que anunció la incoación del expediente el que justifique por qué no se derriba el hotel", ubicado --ahonda-- "dentro del espacio del parque natural Cabo de Gata-Níjar y a 14 metros de la ribera del mar". Este argumento, esgrimido en el recurso de reposición, fue rechazado por el MARM, que respondió a la organización que fue la utilidad pública, que persiste, la que fue aprobada por el Consejo de Ministros.
El delegado del Gobierno en Andalucía, Juan José López Garzón, anunciaba en junio de 2009 que el Ejecutivo desistía del procedimiento del proceso de expropiación incoado en diciembre de 2005 sobre el hotel de Azata del Sol a la espera de que el Ayuntamiento de Carboneras (PSOE) revisase por orden judicial la licencia municipal de obras concedida al inmueble y el TSJA se pronunciase sobre los recursos interpuestos contra la sentencia que en septiembre de 2008 declaró nula la licencia municipal del inmueble.
La resolución de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar apelaba a la obligada aplicación de los principios "consagrados constitucionalmente" de eficacia y eficiencia en la gestión de los recursos por parte de la Administración y se adhería al informe emitido por la Abogacía del Estado en el que se subrayaba la conveniencia de proceder al "desestimiento" ya que podía verse afectado el "justiprecio" acordado con la promotora Azata del Sol.
La Dirección General de Costas, tras tener conocimiento de la ocupación de determinados terrenos ubicados en la servidumbre de protección de 100 metros en el paraje de El Algarrobico, dictó resolución, con fecha 2 de diciembre de 2005, por delegación del Ministerio de Medio Ambiente, por la que se declaraban de utilidad pública estos terrenos a los efectos de expropiación.
A esta primera resolución, que tuvo que ser convalidada por acuerdo de Consejo de Ministros con fecha 23 de febrero de 2007 debido a un "error" en la tramitación que, de no subsanarse, amenazaba con derivar en la nulidad del proceso, le siguió el acuerdo de la Delegación del Gobierno en Andalucía, con fecha 30 de julio de 2007, de necesidad de ocupación de los bienes y derechos, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 9 de agosto, por el que se inició el procedimiento expropiatorio.
A juicio de Greenpeace, el Consejo de Ministros expresó en 2007 que "la construcción de un edificio hotelero de las dimensiones del que se pretende construir supone un indudable perjuicio para la integridad física y paisajística del tramo de litoral dado el gran interés ambiental y paisajístico de la zona" mientras que el Resolución del delegado del Gobierno en Andalucía "ni se fundamenta ni se hace mención alguna a que hayan desaparecido estas causas".
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