MADRID.- Llevar mascarillas es ya
obligatorio en espacios públicos, ya sea al aire libre o cerrados,
siempre y cuando no se pueda mantener una distancia social de dos
metros, según la orden del Ministerio de Sanidad que entra en vigor este
jueves, y que si se incumple puede
derivar en sanción, aunque los primeros días, la autoridad solo multará
a aquellas personas que no atiendan al requerimiento previo de los
agentes.
Las mascarillas serán obligatorias para mayores de seis años en la vía pública y en espacios cerrados cuando no sea posible mantener la distancia de dos metros, aunque esta medida no
se exigirá a personas cuyo uso esté contraindicado por motivos de
salud, como las personas con asma u otros problemas respiratorios, ni a quienes salgan a correr o montar en bicicleta.
Tampoco será exigible en actividades incompatibles con su uso, como la ingesta de alimentos y bebidas, y en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Respecto a los tipos de mascarillas que deberán usarse, la orden ministerial indica que pueden ser de cualquier tipo, preferentemente higiénicas y quirúrgicas.
El uso generalizado de esta protección para reducir la transmisión
comunitaria del SARS-CoV2 está justificado, según Sanidad, no solo por
su alta transmisibilidad, sino también por la capacidad que han
demostrado para bloquear la emisión de gotas infectadas.
Si se desea conservar la mascarilla para un segundo uso, debe guardarse en una bolsa transpirable o un sobre de papel
(teniendo en cuenta que la parte limpia es la que llevamos pegada a la
cara y la sucia es la parte externa que no debemos tocar), pero nunca en el bolso o bolsillo, ya que son un vector de contaminación.
La mascarilla debe cubrir la boca, la nariz y la barbilla
y todo lo que no sea llevarla así, como ponerla por debajo de la nariz,
en la barbilla o en la frente, es un mal uso. Además, es muy importante
saber que no se debe quitar para hablar, toser o estornudar.
Las fuerzas de seguridad podrán sancionar a las personas que no la lleven puesta, aunque durante los primeros días, las fuerzas de seguridad potenciarán la función pedagógica, según informan fuentes de Interior.
Si el incumplimiento se produce en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, se pedirá a esas persona que abandonen dicho espacio, pero si no atiende a ese requerimiento, se podrá levantar una propuesta de sanción por la vía del artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Esta infracción lleva aparejada multas que van de los 601 a los 30.000 euros,
aunque en cualquier caso los agentes actuarán con proporcionalidad,
como han hecho durante el confinamiento, en el que sobre todo han
multado a reincidentes.
El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias
Sanitarias (CCAES), Fernando Simón, tuco que aclarar este miércoles que el uso de mascarillas no será obligatorio en la actividad deportiva.
El BOE publicó el uso obligatorio de las mascarillas desde este
jueves, que deberán utilizarse en la calle, espacios al aire libre y
cerrados en los que no pueda mantenerse una distancia de dos metros, sin
aclarar qué pasaba en el caso de los deportistas.
Sin embargo, preguntado por ello, Simón se mostró comprensivo. “Tenemos que ser razonables. Si se hace un deporte de alto esfuerzo es muy difícil hacerlo con algún tipo de mascarillas“, explicó en rueda de prensa.
Eso sí, Simón apuntó que “lo importante es llevarla en el bolsillo”
para usarla una vez se finalice esta actividad deportiva para los
momentos posteriores en los que no se pueda guardar la distancia de dos
metros.
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