SEVILLA.- Desde diciembre de 2025 hasta febrero de este año, dos capitales de provincia de Andalucía han actualizado sus respectivas ordenanzas municipales de circulación, con nuevas normas que afectan a la circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP), popularmente llamados patinetes eléctricos, y con la previsión de que dos ciudades más renueven su normativa respecto a estos vehículos durante el primer semestre de 2026.
De este modo, casi todas las capitales cuentan con
sanciones que ascienden a 500 euros y han impuesto una edad límite para
conductores de entre quince y 16 de años, así como límites de velocidad
de hasta 25 kilómetros por hora como máximo, la prohibición del uso de
auriculares o la obligatoriedad del uso del casco en la mayoría de las
casuísticas.
En concreto, Almería es la capital de provincia
andaluza que cuenta con una normativa de uso más reciente de los VMP.
Asimismo, también se espera que la capital onubense actualice su normativa a finales de febrero de este mes y Jaén hará lo propio durante el primer semestre de este año.
Por su parte, Sevilla también actualizó
su normativa a finales de 2025, con el endurecimiento de multas y la
prohibición de estos vehículos en aceras y zonas peatonales como
regulaciones más destacadas.
De esta forma, el Consistorio de
Almería es la Administración local andaluza que cuenta con una
legislación relativa a la movilidad de los patinetes eléctricos más
reciente. El pasado 10 de febrero se aprobó en el Pleno del Ayuntamiento
de Almería la nueva ordenanza de movilidad que regula, por primera vez
en la capital, el uso de los VMP.
Según el texto de la normativa, la edad mínima que deben tener los usuarios
de los patinetes eléctricos para poder circular en la capital es de 16
años, excepto a los ciudadanos que posean el permiso AM de ciclomotor,
cuya edad mínima será de quince años.
Esta nueva ordenanza
contempla multas de hasta 500 euros y especifica que se trata de
vehículos unipersonales, con sanciones de hasta cien euros para quienes
lleven a otro pasajero, así como de 200 euros quienes lleven más de dos
personas, animales o algún tipo de carga.
Al hilo, han apuntado que la próxima entrada en vigor del certificado de circulación será obligatorio, con multas de hasta 500 euros para quien no las porte. Por otra parte, el documento refleja que los VMP deben ir correctamente equipados con frenos, timbre, luces y otros dispositivos.
En cuanto a
las medidas de seguridad, se contempla el uso de casco y prendas
reflectantes, así como la obligatoriedad de portar un banderín con
mástil para aquellos vehículos que, junto con su conductor, no superen
la altura de 1,5 metros.
En relación, el texto refleja multas
de hasta 200 euros para quienes usan auriculares y altavoces que
proyecten música al exterior o circulen con el móvil en la mano mientras
conducen.
Además, también se contemplan sanciones por hacer uso de los VMP bajo los efectos del alcohol o las drogas, así como para quienes no se bajen del vehículo al atravesar pasos de peatones.
Asimismo, todos
los límites a la circulación establecidos solo se podrán realizar por la
calzada y carriles bici.
En cambio, la ordenanza municipal de
circulación gaditana que data del 21 de julio de 2020, contempla especificaciones para el uso de los patinetes
eléctricos. En ella, también se indican que su uso es exclusivamente
uniplaza, aunque su uso está prohibido para menores de quince años.
La velocidad a la que se debe circular es entre seis y 25 kilómetros por hora, con un máximo de 20 por calzadas abiertas al tráfico y con un metro de distancia mínima respecto a otros vehículos.
Además, está
prohibido su uso por parques, aceras y jardines y también está prohibido
conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas, usar el móvil
mientras se conduce y portar animales.
En cuanto a la
seguridad, se debe usar el alumbrado en circulación nocturna por las
calles de Cádiz, así como un chaleco reflectante o elemento adherido al
casco o la ropa que haga el mismo efecto.
Además, por carril bici se podrá circular, tan solo, a diez kilómetros por hora, siendo 20 el límite en carril bici sobre calzada y en sendas ciclistas.
De igual
modo, los usuarios deberán portar su Documento Nacional de Identidad
(DNI), así como la documentación acreditativa de homologación del
vehículo de Movilidad Personal y un Seguro de responsabilidad en caso de
ser obligatorio, según la ordenanza local o la normativa estatal.
En la capital cordobesa, el texto oficial que ajustó la normativa de
los VMP se registró en febrero de 2023, pero en una campaña de
concienciación durante el verano de 2025 se recordaron las principales
premisas y surtieron efecto al bajar notablemente el número de
incidencias.
En esta campaña se precisaba la prohibición del uso de los patinetes eléctricos bajo los efectos del alcohol y las drogas, así como por las aceras o zonas peatonales.
En el citado documento también se
especifica que tan solo puede usarlo una persona por vehículo, que los
vehículos deben estar correctamente homologados, que está prohibido el
'tunning' de dichos modelos y que se deben usar luces y efectos
reflectantes por la noche.
Por contra, fuentes del Consistorio
de Granada han indicado que siguen la normativa de patinete eléctrico
de la Dirección General de Tráfico (DGT). Por su parte, la ordenanza
municipal de tráfico tan solo da una recomendación de uso del casco,
siendo optativo por ciudad y obligatorio en trayectos interurbanos.
También la edad mínima para su uso es de quince años y las multas pueden
ascender hasta 500 euros en caso de infracciones graves, como circular
por sentido contrario.
En Huelva se espera que a finales de
febrero de 2026 se apruebe definitivamente una ordenanza municipal de
circulación que indica que será de quince años la edad mínima para
conducirlo, así como de uso unipersonal y auriculares prohibidos.
En
este caso, se podrá portar máximo una mochila, y la velocidad máxima
será de 25 kilómetros por hora, siendo diez en zonas peatonales. Sólo se
podrán estacionarse en lugares habituales y las multas, en Huelva,
alcanzarán un máximo de 400 euros, siendo la única capital de provincia
andaluza donde las sanciones económicas no alcanzan los 500 euros.
Por otro lado, fuentes de la Administración jiennense han concretado que el propio Consistorio trabaja en la primera ordenanza
de tráfico, que previsiblemente verá luz en el primer semestre de 2026.
Este borrador, han señalado, será el primer documento de regulación de
VMP. Mientras tanto, el Ayuntamiento se está rigiendo, al igual que en
el caso granadino, por la normativa estatal.
En Málaga, la
regulación más reciente se publicó en noviembre de 2024, con multas de
hasta 500 euros, una sola persona por vehículo y la obligatoriedad del
uso del casco para su conducción y de portar el certificado de
circulación previsto en la normativa nacional como principales normas.
En cambio, en la capital malagueña los conductores tendrán que tener al
menos 16 años, siendo más laxo que en la mayoría de las capitales
andaluzas.
Finalmente, en diciembre de 2025 también se
endureció la normativa de patinetes en la capital hispalense.
Así, entre las novedades más destacadas, el nuevo texto obliga el uso de chaleco reflectante y casco de protección homologados y permite la circulación por vías ciclistas únicamente cuando la potencia del vehículo no exceda los quince kilómetros por hora en vías ciclistas.
Además, en Sevilla se contemplan hasta multas de 500 euros --el máximo anterior en sanciones era de hasta 400 euros-- y se prohíbe el estacionamiento en aceras y zonas peatonales.
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