miércoles, 28 de enero de 2026

La Audiencia Nacional limita a una "cuestión jurídica" la descontaminación de Palomares y rechaza llamar a testigos

 ALMERÍA.- La Audiencia Nacional ha rechazado la petición de Ecologistas en Acción para tomar declaración como testigos de los efectos de la contaminación radiológica en la pedanía de Palomares al exalcalde de Cuevas del Almanzora y senador del PP, Jesús Caicedo, y del científico del Ciemat y consejero del CSN, Francisco Castejón, a estimar que el proceso se suscribe a una cuestión "jurídica".

En un auto dictado el pasado 23 de enero, la Sala de lo Contencioso-administrativo desestima el recurso de reposición impulsado por la entidad ecologista en cuanto a la admisión de pruebas acordada en julio de 2025 en el proceso para determinar si el Gobierno debe proceder o no a la limpieza de unos 50.000 metros cúbicos de tierra afectada por la contaminación derivada del accidente nuclear ocurrido hace 60 años.

La resolución vuelve a inadmitir la comparecencia de los testigos en el proceso sin que ello, según apunta, cause indefensión a la asociación, que pedía la declaración de Castejón y Caicedo para que dieran cuenta, respectivamente, de "las consecuencias que va a tener la transformación del plutonio en americio", así como del daño que "está causando a la población y al desarrollo agrícola y turístico de la zona".

De este modo, el tribunal ratifica su auto de admisión de pruebas original y deniega también la comparecencia de exjefe del Programa de Recuperación Radiológica y Ambiental del Ciemat y autor del Plan de Recuperación de Palomares (PRP), Carlos Sancho Llerandi, y la de la presidenta de la Asociación Profesional de Técnicos en Seguridad Nuclear y Protección del CSN (Astecsn), Nieves Sánchez Guitián, para que aclaren o ratifiquen sus informes, que sí fueron admitidos.

En este punto, la Audiencia Nacional también se pronuncia en contra de las pretensiones de la Abogacía del Estado, que reclamaba la denegación de toda la fase probatoria solicitada por Ecologistas en Acción.

La Sala ya admitió la prueba documental aportada con la demanda así como el correspondiente expediente informativo al respecto, al igual que los dictámenes periciales de los expertos como informes, aunque sin necesidad de que sus autores comparecieran para dar explicaciones adicionales sobre los mismos.

La ponente Nieves Buisán insiste en su última resolución en la inexistencia de hechos lo suficientemente controvertidos que requieran de una aclaración por parte de los peritos, puesto que la veracidad de dichos documentos no está en cuestión y la disputa se centra en la interpretación de la normativa y la valoración de las normas.

Ecologistas reclamaba la comparecencia de ambos expertos para esclarecer determinados puntos de sus informes, que datan de 2010 y 2018. Entre ellos, apuntan las posturas enfrentadas del colectivo y la Abogacía del Estado sobre el plan de rehabilitación y su desarrollo

"La Abogacía del Estado sostiene que el criterio radiológico que se aplica en Palomares es el de 0,1 mSv/año --milisieverts por año-- y esta parte sostiene que es de 1 mSv/año", exponía la asociación, que también incidía en que el ex responsable conocería si el desarrollo posterior al plan está finalizado o no al tiempo que podría ofrecer explicaciones sobre su vigencia y evolución posterior.

En cuanto al testimonio como perito de la presidenta de la Astecsn como autora del segundo informe, que sirvió de respuesta parlamentaria, Ecologistas veía "fundamental" que ratificara algunos extremos del mismo, como que sería "urgente embidonar los residuos radiactivos y almacenarlos en un almacén temporal".

El informe de la también presidenta del Colegio Oficial de Geólogos data de diciembre de 2018, de forma que sobre el mismo "han surgido variaciones, como por ejemplo la posibilidad de que los residuos radiactivos sean aceptados por Estados Unidos, principal escollo para limpiar Palomares", según interpretaron.

De otro lado, el auto tampoco incorpora ni orden aportar el Plan de Rehabilitación de Palomares al completo y su desarrollo posterior hasta su finalización tal y como fue solicitado por Ecologistas en Acción en su recurso después de que en la admisión de prueba original no se mencionara tan siquiera este aspecto.

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