ALMERÍA.- La Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía
Azul de la Junta de Andalucía en Almería ha resuelto no otorgar la
autorización ambiental unificada simplificada al proyecto de ampliación
del camping en el Parque Natural Cabo de Gata, en Níjar, por
superar el límite máximo de tres hectáreas permitido para este tipo de
instalaciones.
Según el documento publicado en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el pasado viernes, la actuación
promovida por Ecocamping de Cabo de Gata SL es incompatible con el Plan
Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar (PORN).
La propuesta planteaba sumar 5.700 metros cuadrados a su superficie
actual de 35.200 metros cuadrados.
En este caso, el camping ya supera
esta extensión con sus actuales 3,5 hectáreas, lo que ha llevado a
calificar la ampliación como "inviable" desde el punto de vista
ambiental, según recoge la resolución sobre el expediente de
autorización ambiental.
En esta
nueva área se proyectaban instalaciones como un módulo de aseos, un
quiosco, zonas deportivas, parques infantiles, una piscina y una zona de
aparcamiento.
En su evaluación, la Delegación Territorial ha
determinado que la superficie total habilitada para campamentos
turísticos en el Parque Natural está limitada a tres hectáreas, según lo
dispuesto en los Planes Rectores de Uso y Gestión (PRUG).
El
informe técnico señala que las actuaciones previstas se localizan dentro
del ámbito protegido del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, declarado
espacio natural protegido y parte de la Red Natura 2000.
La normativa
aplicable en estos espacios establece restricciones específicas que
buscan garantizar la conservación de sus valores ambientales.
Concretamente, el camping se encuentra ubicado a unos 1.300 metros de la
población de Pujaire. La finca propuesta para la ampliación está
delimitada por dos caminos y actualmente se utiliza como terreno
agrícola.
Así, el informe técnico indica que esta área se
encuentra dentro de una zona protegida clasificada como C1 --zonas de
cultivos agrícolas--, donde solo se permiten actividades limitadas y
siempre que no sobrepasen los límites de superficie estipulados.
El dictamen ambiental fue notificado a los promotores en mayo,
momento en el que se abrió un trámite de audiencia para que presentaran
alegaciones.
Posteriormente, en junio, se emitió una propuesta de
resolución que confirmaba la incompatibilidad del proyecto con la
normativa vigente.
La resolución establece que esta decisión
no pone fin a la vía administrativa, por lo que los interesados pueden
interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de la notificación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario