SEVILLA.- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
(TSJA) ha archivado dos causas abiertas contra el parlamentario andaluz
de IU y alcalde de Marinaleda (Sevilla), Juan Manuel Sánchez Gordillo, a
raíz de su actuación como piquete informativo durante la huelga general
del día 29 de marzo de 2012.
En dos autos distintos, el Alto Tribunal andaluz archiva sendas causas contra Juan Manuel
Sánchez Gordillo por sus actuaciones como piquete en un instituto de
educación secundaria de El Rubio (Sevilla) y en un supermercado, una
oficina de la Diputación de Sevilla, una oficina de empleo, una finca y
una tienda de la localidad sevillana de Estepa.
Así, fue el 29 de marzo de 2012 cuando el parlamentario andaluz
"lideró" un piquete que recorrió diversos establecimientos del municipio
de Estepa hasta que concluyó uniéndose a otro piquete liderado por el
sindicalista Antonio P.C., siendo acompañados en todo el recorrido por
la Guardia Civil a fin de "prevenir eventuales incidentes".
En primer lugar, ambos piquetes acudieron a la oficina del
Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (Opaef) de la
Diputación, donde el alcalde de Marinaleda indicó a su responsable que
"no abandonaría la misma mientras no cerrase la oficina", a lo que
accedió, todo ello mientras algunos miembros del piquete "afeaban la
conducta de quienes estaban trabajando allí, llamándolos 'esquiroles'".
Tras ello, ambos piquetes acudieron a un comercio de confección y
un total de diez personas entraron en el local manifestando que "iban a
comprar, aunque se les había olvidado el dinero" y que "detrás venía más
gente", por lo que la empleada "se sintió algo asustada, pero no
amenazada ni coaccionada", y manifestó a los guardias civiles que
cerraría el local.
También acudió a una oficina de empleo, que cerró, y a una finca,
cuyo gerente le dijo que "se encontraban desempeñando servicios
mínimos", tras lo que el piquete permaneció en el exterior durante más
de una hora, marchándose finalmente "sin más incidentes".
Según el TSJA, "no es constitutivo de infracción penal afear la
conducta a quienes no secundan la huelga ni acudir en masa a los
establecimientos abiertos al público sin más arma que la palabra, el
ruido o la presencia física, con la finalidad de provocar que los
responsables tomen la decisión de cerrar el establecimiento, a menos
que, manifestada por éstos la decisión de mantenerse en el puesto de
trabajo, el piquete lo impida físicamente o mediante amenazas
verosímiles".
Añade que en los "incidentes" reseñados "sólo se advierte la
existencia de conversaciones, acompañadas de la presión ambiental típica
de un piquete de huelga".
"Más dudas" le suscita al TSJA el asalto al supermercado, donde
los piquetes se dirigieron y, a su entrada y en presencia de la Guardia
Civil, Sánchez Gordillo se entrevistó con el responsable y le instó a
cerrar, "previniéndole de que no lo abriera cuando el piquete se
marchase", no obstante lo cual el responsable se negó a ello.
Entonces, Sánchez Gordillo le dijo "como vengamos y esto esté
abierto, entramos dentro, esté la Guardia o no esté la Guardia... y
además mañana hay huelga general, y pasado, y nosotros estamos
organizados, como sindicato... es decir, si no hacéis casos y ahora
cerráis, y dentro de media hora tenemos que venir otra vez, mañana,
pasado y el otro podemos venir 500 y hacer lo que pensamos hacer. Y es
que te tiramos todo lo que hay ahí, porque tiramos todo al suelo y va a
tener que poner aquí a trabajar 20 días a la gente... me has entendido,
¿no?".
Pese a que un testigo y un guardia civil manifestaron que Sánchez
Gordillo dijo que si volvía a abrir el establecimiento volverían a
"comprar sin dinero", el TSJA señala que la grabación efectuada con
videocámara por la Guardia Civil "demuestra sin lugar a dudas que tal
manifestación no fue hecha" por el denunciado al responsable del
supermercado, "si bien es cierto que, en el exterior del mismo, cuando
la conversación de ambos ya había terminado, Sánchez Gordillo sí hizo
alusión a esa posibilidad" en palabras al piquete.
Sobre este caso, el TSJA concluye que Sánchez Gordillo "quiso
forzar la decisión" del responsable de mantener cerrado el local,
"advirtiéndole de manera creíble y verosímil de que, de no hacerlo, en
los días siguiente acudirían y causarían desórdenes".
"Ello comporta la amenaza de la producción de daños con cierta
significación económica que sí roza el límite de lo admisible en el
contexto de un piquete de huelga", una conducta que "podría constituir
todo lo más una falta de amenazas" pero no un delito, ya que, entro
otros aspectos, "el daño con que amenazaba, aún siendo verosímil,
resulta de escasa incidencia para un establecimiento con un importante
volumen de negocio".
Por ello, archiva la denuncia contra el alcalde de Marinaleda
aunque le devuelve la causa al Juzgado de Estepa en lo referente a lo
ocurrido en el supermercado para analizar si Sánchez Gordillo pudo
incurrir en una falta, pues al no ser delito es el órgano judicial
competente para ello.
En el caso del Instituto de Enseñanza Secundaria 'Maestro José
Jurado Espada' de El Rubio, donde Sánchez Gordillo entró en compañía de
más de 70 personas tras hacerse con las llaves del mismos, el TSJA ha
dictado otro auto en el que archiva la denuncia y argumenta que, en
relación a las posibles coacciones o amenazas que algunos de los
denunciantes afirmaron haber sufrido, "la creación de una presión
ambiental dirigida a forzar la adhesión a la huelga general, cuando no
se concreta en un entorpecimiento físico o en la amenaza de un mal
directo y creíble, no tiene en absoluto la consideración de delito".
Sánchez Gordillo "no realizó personalmente ninguna de las
conductas referidas --insultos o manifestaciones intimidatorias--, por
más que sí se haya acreditado que lideraba la actuación general del
piquete", concluye.
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