ALMERÍA.- La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a tres
años, seis meses y un día de prisión al que fuera director de una
sucursal de Cajamurcia en Almería capital, M.F.L.O., por apropiarse de 160.465
euros que un cliente tenía depositados en una cuenta de la entidad, "aprovechándose de su escasa formación, de que residía en el exterior y
viajaba ocasionalmente a España, de que no recibía la correspondencia
de movimientos y de la confianza que había depositado en él".
Para ejecutar el desfalco, que se produjo entre los años 2003 y 2008, M.F.L.O. realizaba "traspasos de los fondos"
de la cuenta de la víctima a sus propias cuentas o a las de las dos
sociedades de las que era administrador, que justificaba bien "usando
impresos que el cliente había firmado con anterioridad en blanco o sin
prestar atención al contenido" o bien mediante la "suplantación de su identidad para estampar una firma" simulada en los documentos.
La sentencia de la Sección Tercera considera al acusado autor de un delito continuado
de apropiación indebida en concurso medial con delito de falsedad en documento mercantil y le impone, además de la pena privativa de libertad, una multa de 1.620 euros.
El fiscal y la acusación particular solicitaron durante el
trámite de informes la pena de cinco años cárcel.
El
fallo impone además la obligación
de indemnizar a la víctima en el importe apropiado más los intereses
legales, a la vez que declara la responsabilidad civil subsidiaria de
Cajamurcia ya que, si bien no colaboró en la comisión de los hechos
como tal entidad ni ninguno de sus otros empleados, "permitió, por no
adoptar la debida diligencia, la perpetración del
delito".
La sentencia relata en el apartado de
hechos probados que, a principios del 2003, el acusado era director de
una sucursal bancaria de Cajamar en la capital almeriense, donde la
víctima, un obrero con "escasa formación" que permanecía la mayor tiempo
en el extranjero por trabajo, tenía una cuenta abierta con 162.000
euros.
En julio de ese mismo año, el acusado aceptó
el puesto de director que Cajamurcia le ofreció para una sucursal de
Almería capital, y "convenció" a la víctima para que trasfiriera sus
fondos a su nueva oficina, "dado que se había originado una relación de
confianza entre ambos".
"Siguiendo las indicaciones
del acusado", la víctima firmó dos cheques, uno al portador por un
importe de 120.000 euros y otro de 42.000 euros a su nombre, convencido
de que ambos iban a ser ingresados en cuentas de su titularidad en la
entidad.
No obstante, el acusado, "con la intención
de obtener un beneficio patrimonial", cobró e ingresó el importe del
cheque por 120.000 euros en una cuenta de la Caja General de Ahorros de
Granada cuyo titular era una sociedad de la que era socio y
administrador, mientras que el otro lo ingresó en la cuenta abierta por
la víctima en Cajamurcia.
El fallo subraya que el
acusado se aprovechó de su posición como director de la sucursal, de la
confianza que la víctima había depositado en él, y del hecho de que el
cliente residía en el extranjero, donde no recibía correspondencia
bancaria, y que solo viajaba a España "ocasionalmente".
De
este modo, "comenzó a realizar una serie de traspasos de los fondos" de
la cuenta de la víctima a sus propias cuentas o a las de sociedades de
las que era administrador.
Para justificar aquellas
operaciones, el acusado utilizaba en ocasiones impresos que la víctima
había firmado con anterioridad "en blanco o sin prestar atención a su
contenido".
En otras ocasiones, el propio acusado
firmaba los documentos que justificaban la operación "suplantando" al
cliente en la firma, y "a veces simplemente las realizaba sin ningún
soporte documental".
En septiembre del 2006, durante
una visita de la víctima a Almería, y "para dar una apariencia de
normalidad a la cuanta" del cliente, quien había solicitado invertir en
productos bancarios, el acusado procedió a ingresar 192.000 euros.
Sin
embargo, días después el acusado realizó cuatro operaciones de traspaso
de fondos de la cuenta del cliente a sus propias cuentas o a las de las
empresas por él administradas por un importe total de 183.500 euros.
Con
posterioridad, el acusado realizó "nuevas disposiciones sin
autorización, hasta que el 24 de enero del 2008 su saldo era de 1.534,44
euros, habiéndose apropiado en total de 160.465 euros de los 162.000
euros" que poseía la víctima cuando abrió la cuenta en la sucursal.
El
acusado dejó de ser director de la sucursal en febrero del 2008 y el
cliente interpuso una querella contra el acusado y Cajamurcia en junio
del 2009.
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