MURCIA.- El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha adjudicado por
48,1 millones de euros (IVA incluido), a través de Adif, el suministro
de traviesas para abordar el próximo montaje de vía del tramo de alta
velocidad entre Lorca y Almería, el segundo de la línea que unirá Murcia
y la capital almeriense y el más largo con 140 km de longitud.
El contrato supone la compra de 340.000 traviesas para este segundo
tramo de la línea de alta velocidad. Al mismo tiempo, ya se trabaja en
la redacción del proyecto de las obras de tendido de vía y está en
licitación la construcción de la base de montaje desde la que se
realizarán estos trabajos.
Por su parte, ya están avanzados
los trabajos para abordar próximamente la instalación de vías en el
primer tramo de la línea, el comprendido entre el final de la
integración de Nonduermas y la estación de Lorca San Diego, de 60 km,
según informaron fuentes del Ministerio en un comunicado.
En
concreto, ya se ha licitado el contrato de obras de montaje, se está
construyendo la base de Librilla desde la que se realizarán los trabajos
y ya están contratados todos los elementos de vía para el tramo:
230.000 traviesas, un centenar de desvíos y unas 660.000 toneladas de
balasto, por unos 72 millones de euros (IVA incluido).
El Ministerio ha dicho continuar así avanzado para abordar la una
nueva fase en el desarrollo de la LAV Murcia-Almería, la de montaje de
la vía, mientras avanza en la construcción de la plataforma, donde ya ha
finalizado siete de los 17 subtramos en que se ha estructurado su
construcción. De los diez subtramos sin finalizar, están todos ya en
marcha, a excepción de la conexión Pulpí-Águilas, de la que se ultima la
redacción del proyecto.
A estas actuaciones, hay que sumar
los trabajos en la electrificación del tramo Murcia-Lorca con el
despliegue de la catenaria y los equipos que suministran energía a los
trenes para circular, así como la construcción en Totana de la
subestación que les aportará esa energía desde la red general. En
paralelo, avanza en la redacción del proyecto para construir de las dos
subestaciones que llevarán la energía al trazado Lorca-Almería.
Respecto al resto de sistemas y equipos, está contratado el despliegue
en toda la línea del sistema de señalización más avanzado del mundo, el
ERTMS, y el de comunicaciones móviles GSM-R de última tecnología.
A través de Adif, Transportes "continúa así impulsando el desarrollo
de la Línea de Alta Velocidad Murcia-Almería, eje estratégico del
Corredor Mediterráneo, con una inversión global de 3.500 millones de
euros", según las mismas fuentes.
La nueva línea, además de
nexo de conexión y puerta de este Corredor con el sur, integrará Almería
en la red de alta velocidad a través del corredor de Levante, y en las
redes europeas, "favoreciendo la vertebración y cohesión de
territorios".
Este nuevo acuerdo, por un lado, aprueba la revisión de las condiciones financieras de esas operaciones ya formalizadas en años anteriores y, por otro lado, establece los requisitos que deben reunir los ayuntamientos que pueden solicitar esta medida, con el fin de que su carga financiera sea "sostenible a medio plazo".
En concreto, en el caso de Andalucía, entre los 36 municipios potenciales beneficiarios de estas medidas figuran cinco de Almería --Alhabia, Cuevas del Almanzora, El Ejido, Macael y Turre--; diez de Cádiz --Algeciras, Arcos de la Frontera, Barbate, Los Barrios, Chipiona, Espera, Jerez de la Frontera, La Línea de la Concepción, Prado del Rey y Puerto Real--, y cinco de Granada, como son Albuñol, Guadahortuna, Maracena, Rubite y Villa de Otura.
También, cuatro municipios de Huelva --Cortegana, La Nava, Nerva y Valverde del Camino--, siete de Jaén --Campillo de Arenas, Jaén, Jamilena, Marmolejo, Orcera, La Puerta de Segura y Torres de Albánchez--, dos de Málaga --Guaro y Manilva--, y tres de Sevilla; concretamente, Carrión de los Céspedes, Huévar del Aljarafe y Morón de la Frontera.
Se trata de "una medida de adscripción voluntaria" a la que se podrán acoger los ayuntamientos que, al menos, hayan presentado con anterioridad al 31 de marzo de 2025, la liquidación del presupuesto de 2024 o de 2023, o la información de la ejecución del presupuesto del cuarto trimestre de 2024 o el presupuesto de 2025, y que se encuentren en alguna de una serie de situaciones, con arreglo a la información disponible el 29 de enero de 2025.
En concreto, podrían acogerse a esta medida "ayuntamientos que estén sujetos a un plan de sostenibilidad financiera en vigor, aprobado en aplicación de los acuerdos de la Comisión Delegada de abril y julio de 2023 o de junio de 2024".
También, "ayuntamientos que reunían los requisitos para que les fuera aplicados los anteriores acuerdos, pero que no se acogieron a los mismos, siempre que presenten un nivel de deuda viva a 31 de diciembre de 2023 superior al 110% de los ingresos corrientes, considerando el presupuesto de 2024, o, en su defecto, la liquidación del presupuesto de 2023, o, en defecto de ambos, el dato de ejecución del presupuesto en el cuarto trimestre de 2023"; o bien, si "la cuota estimada de los préstamos con el Fondo de Financiación a Entidades Locales para 2026" es, "como mínimo, el 95% de la cuota correspondiente a 2025".
Igualmente, se podrán acoger a estas medidas ayuntamientos que no se han beneficiado de las anteriores, "aunque se hubiesen podido acoger, y que están calificados en riesgo extremo por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda".
En concreto, la medida, por un lado, contempla un desplazamiento hasta el 30 de diciembre de los vencimientos que se produzcan entre junio y octubre de 2025 de las operaciones pendientes con el Fondo de Financiación a Entidades Locales.
Asimismo, dentro del marco de revisión de las condiciones financieras que serán aplicables a las operaciones de préstamo vigentes con el Fondo de Financiación a Entidades Locales, formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2024, se contempla una ampliación del plazo de amortización de los préstamos vigentes del citado Fondo de Financiación en diez años adicionales al actual año de vencimiento. Este plazo será de 20 años para los municipios que tienen un tipo en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) superior al 0,8%.
Estas medidas tendrán como límite el 31 de octubre de 2070. Además, se suprimirán los períodos de carencia que estén vigentes antes de la aplicación de este acuerdo. La amortización de principal se iniciará el 31 de octubre de 2026 y, se extenderá, como máximo, hasta 31 de octubre de 2070.
Por otro lado, podrán sustituirse por préstamos las cancelaciones por parte de los ayuntamientos mediante retenciones en su Participación en Tributos del Estado (PTE) para compensar las deudas que mantienen con cargo al compartimento Fondo en liquidación para la Financiación de los Pagos a Proveedores de Entidades Locales o al Fondo de Ordenación, al no haber formalizado, en su momento, los préstamos correspondientes de acuerdo con los procedimientos de pagos a proveedores aprobados.
Los ayuntamientos podrán sustituir ese mecanismo de cancelación por la suscripción de un préstamo con cargo al Fondo de Ordenación. Los préstamos se formalizarían por importe equivalente al saldo vivo de la deuda que mantengan con esos compartimentos del Fondo de Financiación.
Las condiciones financieras de esas operaciones serán "análogas a las mencionadas anteriormente para los préstamos ya formalizados a los que se amplíe el período de amortización". El plazo de amortización de ese nuevo préstamo también sería hasta 31 de octubre de 2060 o de 2070. Tampoco se aplicaría ningún período de carencia.
En el caso de que los ayuntamientos no aprueben la formalización de los préstamos se mantendrá la aplicación de la modalidad de cancelación mediante retenciones de la Participación en Tributos del Estado.
En ambos casos, se instruye al Instituto de Crédito Oficial (ICO) para la gestión financiera de la medida aprobada por este acuerdo. Tanto para la modificación de los préstamos formalizados como para la formalización de los préstamos que sustituyan al mecanismo de cancelación de deudas mediante la aplicación de retenciones de la PTE, se requerirá acuerdo del Pleno del Ayuntamiento por mayoría simple.
Previamente, los ayuntamientos que no estuvieran sujetos a un plan de sostenibilidad financiera deberán presentarlo y ser aceptado por el Ministerio de Hacienda.
En ese sentido, los ayuntamientos que ya estén sujetos a un plan de sostenibilidad financiera mantendrán esos planes aprobados en 2023 o en 2024 y vigentes, si bien éstos "se adaptarán teniendo en cuenta las condiciones financieras revisadas en este nuevo acuerdo".
Asimismo, la evaluación por parte del Ministerio de Hacienda del cumplimiento de esos planes de sostenibilidad financiera ya aprobados previamente se desplazará al primer semestre de 2027.
En cuanto al resto de ayuntamientos, que no estuvieran acogidos a las anteriores medidas, deberán presentar un plan de sostenibilidad financiera, que contenga "medidas que supongan una mejora anual de su ahorro neto", con el fin de que se admita finalmente la solicitud que, en su caso, presente el ayuntamiento.
También esos planes se evaluarán por el Ministerio de Hacienda dentro del primer semestre de 2027. En su caso, los planes a los que estén sujetos los ayuntamientos deberán adaptarse al plan de sostenibilidad financiera.