El auto indica que el plazo para instruir "está sobradamente expirado" y señala que las única diligencia ordenada tras la denuncia que se interpuso por la Fiscalía Anticorrupción "fue la tasación pericial de los terrenos objeto de la permuta" en diciembre de 2016.
La jueza precisa que, en esa fecha, se declaró completa la causa y añade que, hasta julio de 2018, no se acuerda la prórroga de la complejidad, "una vez expirado el plazo" según subraya, lo que contraviene la ley procesal.
"Con posterioridad no se ha adoptado ninguna resolución en el
sentido de prorrogar la instrucción, de suerte que la misma está
sobradamente expirada", traslada.
El auto, contra el que cabe
recurso de apelación, estima que, si bien en marzo de 2022 se acordó
mediante providencia dirigir oficios al Registro de la Propiedad de
Mojácar y también al Catastro de este municipio, sus resultados "no
podrían tenerse en cuenta para sustentar la decisión de transformar" las
diligencias previas "en procedimiento abreviado".
En esta
línea, subraya que desde mayo de 2016 "ni siquiera" se ha acordado la
toma de declaración en calidad de investigados de quien fuera alcalde,
Salvador Hernández, y del entonces director de la fábrica de Holcim, y
puntualiza al respecto que es "reiterada" la jurisprudencia que
"rechaza" que se haga "una vez que ha transcurrido el plazo de
instrucción".
"Los hechos por los que se iniciaron las
presentes diligencias se han mantenido inalterados desde la denuncia
formulada por la Fiscalía, sin que la aparición de hechos nuevos
justifique la dilatación de la toma de declaración de los presuntos
responsables y su adhesión a la causa con posterioridad", sostiene la
jueza.
Al hilo de esto, remarca que resulta "difícil imaginar
un escenario" en el que se lleve a cabo la declaración del investigado
"fuera" del plazo de instrucción "sin comprometer gravemente el derecho
de defensa" y resuelve el archivo provisional de las actuaciones en las
que el exalcalde y actual concejal carbonero ha estado defendido por el
letrado Juan Marfil.
La Fiscalía Anticorrupción pidió la
judicialización de la investigación abierta a raíz de una denuncia
anónima al apreciar que los terrenos municipales objeto de la permuta se
habrían valorado "muy por debajo de su valor de mercado" mientras que
el suelo del que era propietaria la cementera y cedido al Ayuntamiento
habrían tenido un "escaso valor económico en comparación".
En
su denuncia, el Ministerio Público apuntaba que ese supuesto
"favorecimiento" a la multinacional parte de la corporación municipal
podría "ser debido a comisiones ilegales recibidas a cambio de facilitar
la permuta" y calculaba un presunto "perjuicio" a las arcas públicas
"de 28.218.682 euros".
La firma del convenio se remonta al 28
de enero de 2013 y se produjo entre el alcalde de Carboneras, el
independiente Salvador Hernández (Gicar) y el entonces director de la
planta de Holcim SA en Carboneras y representante de la mercantil, José
Nars.
Posteriormente, fue ratificado en el Pleno ordinario celebrado el 26 de marzo de 2013 por mayoría absoluta de votos favorables. El expediente de permuta se acordó por unanimidad en la Junta de Gobierno local de 23 de mayo de 2013.
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