ALMERÍA.- El Juzgado de lo Penal nº 4 de Almería ha absuelto
al exalcalde de Zurgena y actual edil de Obras Públicas,
Cándido Trabalón (PA), así como al resto de los nueve procesados por la
construcción de cinco viviendas en el paraje de El Cucador, al
considerar que no ha quedado acreditado el "carácter no urbanizable" de
las parcelas sobre las que se levantó la promoción ni que los
exintegrantes de la corporación municipal otorgasen licencias "a
sabiendas" de que eran supuestamente injustas.
En la causa estaban acusados por presuntos delitos de
prevaricación administrativa y contra la ordenación del territorio,
además de Trabalón, seis exconcejales de PA, PSOE y PP, así como el
promotor de la obra, José Torrecillas Cortés, el director técnico, José
María Urrea Mira, y el técnico municipal Francisco Salvador Granados.
Para los cargos públicos y empleado municipal, la Fiscalía interesaba
ocho meses de prisión y siete años de inhabilitación mientras que para
los otros dos procesados solicitó 24 meses de prisión e inhabilitación
por dos años.
La jueza indica en la sentencia que resulta "cuando menos controvertida" la calificación del
suelo y hace referencia a las discrepancias de las testificales en sala
de los técnicos de la Junta de Andalucía y del exdelegado provincial de
Vivienda y Ordenación del Territorio Luis Caparrós, que "reconoció que
la propia Consejería había promovido la construcción de viviendas en el
núcleo de La Alfoquía".
Por contra, los citados técnicos autonómicos aseguraron que, ante
la inexistencia de una norma de planeamiento en Zurgena que
"expresamente delimite y declare urbanizable" el suelo conocido como 'El
Cucador', estas parcelas "debían ser consideradas no urbanizables", una
opinión que, según subraya el fallo, "no es compartida por los expertos
en la materia", en alusión a los peritos de la defensa que
comparecieron en la vista oral, ni por resoluciones dictadas en la vía
contencioso-administrativa.
Así, recoge en los fundamentos de derecho la sentencia del Juzgado
de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Almería de fecha 14 de
noviembre de 2011, aportada por los letrados de los acusados, en la que,
en un supuesto "análogo" al enjuiciado aunque en este caso en el
municipio de Sorbas, se consideran "conformes a derecho" las licencias
municipales concedidas para la construcción de viviendas en el municipio
sorbeño de La Mela.
Subraya la magistrada Marta Inés Sierra que, durante el acto de
juicio, "no ha sido discutido" que las parcelas objeto del procedimiento
"se encuentran en el núcleo urbano" de 'El Cucador' ni que estas
cuentan con los servicios urbanísticos básicos como acceso rodado por
vía urbana, agua, saneamiento y suministro eléctrico, por lo que, según
marca la Ley 7/02 de ordenación urbanística de Andalucía, "cumplen los
requisitos para tener la consideración de suelo urbano".
A la vista de estas premisas, concluye que la "posibilidad de
considerar urbanizable dicha porción de terreno ha de considerarse,
cuando menos controvertida, lo que excluye el cabal conocimiento de su
carácter no urbanizable que el Ministerio Público atribuye a los
acusados". "Los hechos no son constitutivos, por tanto, de infracción
criminal, por lo que ninguna responsabilidad penal cabe derivar de los
mismos para los acusados", añade.
El fallo, contra el que cabe recurso de apelación, reprocha, no
obstante, al exalcalde y concejal de Obras Públicas Cándido Trabalón, al
exedil de Urbanismo Manuel Tijeras y a los exmiembros de la corporación
local zurgenera Emilia Jesús Jiménez, José Antonio Ramos, Juan Morales
Díaz, Aniceto López, Miguel Marín y Manuel Tijeras que alegasen en su
defensa que "desconocimiento de la normativa urbanística aplicable", lo
que califica de "inaceptable".
En su descargo, apunta el hecho de que la "propia Junta de
Andalucía" ha promovido la construcción de viviendas en el núcleo urbano
de 'La Alfoquía', "contemplado como tal al igual que 'El Cucador' en
las Normas Subsidiarias (NNSS) Provinciales", así como el que las
discrepancias entre el Ayuntamiento zurgenero y la administración
autonómica respecto a la interpretación de la normativa aplicable en
estos casos está aun pendiente de resolver en diversos procedimientos
contenciosos-administrativos.
"Esto determina que la actuación de los integrantes de la
corporación local no pueda estimarse revestida del dolo específico de
haber actuado a sabiendas de su injusticia que requiere el tipo penal de
prevaricación y lleva a desvirtuar el sustrato fáctico sobre el que se
fundamenta la pretensión de condena de la Fiscalía, que no es otro que
el de que otorgaron las licencias con conocimiento de su no acomodación a
derecho", apuntilla.
Trabalón y Tijeras son dos de los 24 detenidos y posteriormente
acusados en la denominada 'Operación Costurero' contra la corrupción
urbanística y contra los que se abrió procedimiento abreviado por
presuntos delitos de prevaricación, contra ordenación del territorio,
cohecho y falsedad documental en abril de 2009. Además, ambos están
inmersos, junto a otros exmiembros de la corporación local, en otra
decena de procesos penales por presunta prevaricación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario