Durante la vista oral, la acusación no consideró fundamental la prueba documental de más de 3.000 folios aportada la semana pasada por la letrada que ejerce la defensa de la dos subcontratas y puso de relevancia la prueba testifical formada por varios trabajadores, una prueba "válida" y en la que "se mostraba la cesión de mano de obra, así como que todos los trabajadores acudían a la misma nave industrial y usaban las herramientas de Elsur".
Según esta parte, Maviroad y Arborimar son "empresas aparentes", que si bien entendieron que están "constituidas", mantuvieron durante su alegato que su existencia se debía a desempeñar la labor que le propiciaba Elsur, razón por lo que desde el sindicato CCOO se estimó íntegramente la demanda de UGT a la que se adherió.
Por su parte, la letrada que ejerce la defensa de Elsur manifestó que su patrocinado es "víctima" de las circunstancias a la que se ha visto sometida, pues observó que la posible cesión fue "de forma sobrevenida", ya que las condiciones de trabajo de los empleados subcontratados hizo que la sociedad matriz aportara tanto maquinaria como herramientas para el desarrollo del trabajo solicitado.
Del mismo modo, la defensa de Elsur manifestó además la concesionaria de los servicios municipales a que representa "tuvo que servir al Ayuntamiento de El Ejido (PAL) y pagar a los trabajadores" de Maviroad y Arborimar, pagos que se hicieron subsidiariamente después de que el ex-director de explotaciones de estas empresas, José Antonio Amate, ingresara en prisión de forma incondicional como imputado en la operación 'Poniente'.
Así, Elsur pidió también la impugnación de varios documentos presentados como prueba por la defensa de las subcontratas como fueron organigramas de ambas entidades, declaraciones firmadas de algunos técnicos ante la Inspección de Trabajo y relación de herramientas y maquinaria utilizada por empleados de Arborimar y Maviroad, ya que consideró que en algunos de ellos "no consta fecha, firma ni sello" mientras que otros fueron creados 'ex proceso' al acto de juicio.
La defensa de las co-demandandas Arborimar y Maviroad defendió el funcionamiento mercantil "ordinario y normal" de las empresas conforme a las pruebas documentales aportadas así como su constitución y adhesión a Elsur a través de un "proceso concursal correcto y acreditado", y que, en cualquier caso, sería a partir de principios de 2009, a la vista del conflicto mercantil, cuando a Maviroad y Arborimar se le retiró la maquinaria y las herramientas.
En este sentido, la defensa argumentó que se "habría provocado una posible cesión a partir de una fecha concreta" y no desde el origen de las mismas, para lo que se apoyó en la "cantidad" de documentación generada por sus empresas patrocinadas. Así, esta parte mantuvo en su alegato que, en cualquier caso, se atienda a una "subrogación" de trabajadores y no a una cesión.
"Ni jornadas, ni calendario, ni convenios colectivos coincidían" afirmó la letrada quien apuntó a que el uso compartido de la nave industrial de Elsur y los empleados de las sociedades demandadas venía pactado por el propio canon a través de una figura legítima.
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