MADRID/ALMERÍA.- La Audiencia Nacional (AN) ha admitido a trámite el recurso impulsado
por Ecologistas en Acción con el que se pretende obligar al Ministerio
para la Transición Ecológica (Miteco) a efectuar la descontaminación
radioactiva de Palomares (Almería) tras desechar los motivos de
oposición esgrimidos por la Abogacía del Estado, a la que impone las
costas del proceso.
En un auto dictado el pasado 7 de enero, la Sala de lo
Contencioso-Administrativo avala los argumentos señalados por la
organización ecologista al entender que el mismo tribunal "no entró en
el fondo de la cuestión controvertida" en una demanda anterior si no que
"se limitó a acordar que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) no era
competente para ordenar la limpieza de Palomares".
"En este
procedimiento se demanda al Miteco y en el procedimiento anterior la
parte demandada era el CSN", diferencia la sala ante las observaciones
de "cosa juzgada" efectuadas desde la Abogacía del Estado para solicitar
la inadmisibilidad del recurso.
El órgano de representación
del Gobierno también incidía en el uso del Real Decreto-Ley sobre las
consecuencias de la Guerra de Ucrania de 2022; un asunto que si bien no
tenía relación con la limpieza de Palomares, introduce un cambio en la
Ley de Energía Nuclear que, para los Ecologistas, atribuye por primera
vez al Miteco la competencia para efectuar la limpieza del área afectada
por las bombas termonucleares que cayeron accidentalmente sobre esta
zona de Almería en 1966.
Así, sostenía que la pretensión de
esta nueva demanda era la misma que se sostuvo con el pleito ya resuelto
con anterioridad "si bien ahora se dirige al Ministerio para la
Transición Ecológica so pretexto de la nueva redacción del artículo 38
ter de la Ley de Energía Nuclear", que "se utiliza como segunda
oportunidad para materializar la misma petición".
Esta postura
es rechazada por la Audiencia Nacional, para la que no se estaría
ejercitando un nuevo derecho de petición sino que se estaría actuando
después de no haber obtenido respuesta ante la solicitud cursada ante el
Ministerio para la Transición Ecológica con lo preceptuado en el
artículo 38 ter de la Ley 25/1964, de Energía Nuclear.
En este
sentido, entiende la Sala que es preciso "examinar el fondo del asunto"
y "establecer si concurren o no los requisitos previstos en el
mencionado precepto" para determinar si corresponde o no al Miteco la
limpieza del área contaminada.
Ecologistas ya advirtió que el
Ministerio se habría negado a las peticiones efectuadas para
descontaminar la zona afectada por las bombas mediante "silencio
negativo", con lo que consideran que el departamento que dirige la
ministra Sara Aagesen habría incurrido en "inactividad" a la hora de
afrontar una competencia que, según defienden, tiene asignada.
El nuevo artículo 38 ter. de la Ley de Energía Nuclear recoge, entre
otros preceptos, que en relación con los suelos o terrenos contaminados
radiológicamente, el Ministerio para la Transición Ecológica "regulará
la declaración de estos suelos o terrenos como contaminados o con
restricciones de uso, su inventario, los sujetos responsables de la
descontaminación y restauración, y los mecanismos, tanto para su
ejecución voluntaria, sin la previa declaración de suelo o terreno
contaminado, como para su ejecución tras haber sido dictada dicha
declaración".
Ecologistas recuerda que en base a la
consideración jurídica de Palomares, sus habitantes "no están recibiendo
en la actualidad 1 mSv/año de radiactividad, lo que equivale a diez
radiografías de tórax al año", que al ser un "caso de exposición
perdurable", dichos habitantes "están recibiendo legalmente en la
actualidad 20 mSv/año, es decir, 200 radiografías de tórax al año o lo
que es lo mismo, cuatro radiografías de tórax a la semana".
La
organización decidió elevar a los tribunales la situación de Palomares
ante la "inacción" que se prolonga en el tiempo a causa del "silencio"
por parte del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico a
los requerimientos de Ecologistas en Acción para que "fije plazo" para
"llevar a efecto" el Plan de Rehabilitación.
El colectivo
conservacionista tomó la iniciativa el pasado febrero, cuando se
cumplían 58 años desde que cuatro bombas termonucleares cayeron
accidentalmente sobre esta pedanía tras colisionar en el aire dos
aeronaves de las Fuerzas Áreas de EEUU y ante la evidencia "de que todo
sigue igual".
El pasado mes de septiembre, la Audiencia Nacional admitió
la demanda a trámite aunque la Abogacía del Estado se opuso a su
admisión, que ahora queda resuelta.
Es la segunda vez que se
recurre a la Audiencia Nacional (AN) para que obligue a fijar plazo para
ejecutar la limpieza y ordene que, a la espera de encontrar un
almacenamiento definitivo del material radiactivo.
La primera vez, la justicia sentenció que el CSN "no tenía competencias" para ejecutar los pedimentos de la organización ecologista, aunque no señaló qué órgano debía hacerlo.
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