MADRID.- El Tribunal Constitucional ha
desestimado el recurso interpuesto por el Gobierno murciano contra la
modificación del Plan Hidrológico Nacional (PHN) que deroga el trasvase
del Ebro. La sentencia data del pasado 13 de diciembre y ha sido
publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La
Región de Murcia interpuso el recurso de inconstitucionalidad el 20 de
septiembre de 2005, argumentando que la Ley impugnada rompía el
principio de unidad de cuenca y dejaba en manos de la Administración
General del estado y de la Generalitat de Cataluña la determinación de
los caudales ambientales del río Ebro en un tramo concreto.
El
Gobierno regional consideraba además que se concedía a una comunidad
autónoma la capacidad de bloquear todo el plan hidrológico de la cuenca,
al someter la aprobación del plan integral de protección del Delta del
Ebro al mutuo acuerdo de la Administración del Estado y de la Comunidad
Autónoma de Cataluña.
En su sentencia, el TC explica que el
procedimiento de aprobación del plan integral de protección del Delta
del Ebro constituye "una fórmula de cooperación adecuada para un
supuesto de concurrencia competencial y que debe reputarse
constitucionalmente admisible".
Asimismo, el Tribunal establece
que se trata de un mecanismo "de acomodación o integración entre dos
competencias concurrentes en el espacio físico, basado en el acuerdo, y
que configura la aprobación final del plan integral de protección del
Delta del Ebro como un acto complejo en el que han de concurrir dos
voluntades distintas, lo que resulta constitucionalmente admisible
cuando ambas voluntades resuelven sobre asuntos de su propia
competencia".
El fallo añade que este hecho "no implica la alteración del sistema de distribución ni menoscabo de la competencia del Estado".
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